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¿Ya conoces lo que puede sucederte y a tu empresa si no registras tus bases de datos para el 30 de junio de 2017? Aquí te contamos.
Los días siguen pasando y aunque sabes qué es una obligatoriedad, todavía tienes dudas de cómo hacerlo o crees que tal vez, pasarán de alto la norma o volverán a aplazarla. ¡No te pegues de excusas y adelántate!
¡Cuidado! Si no tienes en cuenta cómo depurar tus bases de datos y el paso a paso para realizar el registro de las bases de datos ante la SIC esto es lo que te puede suceder:
1. Multas de carácter personal e institucional hasta por el equivalente de dos mil (2.000) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes al momento de la imposición de la sanción. Las multas podrán ser sucesivas mientras subsista el incumplimiento que las originó. Lo que equivale a 1.475 millones de pesos. ¿Tiene tu empresa este dinero de excedente? ¿Estarías dispuesto a entregar esta suma?
2. Suspensión de las actividades relacionadas con el Tratamiento hasta por un término de seis (6) meses. En el acto de suspensión se indicarán los correctivos que se deberán adoptar.
3. Cierre temporal de las operaciones relacionadas con el Tratamiento una vez transcurrido el término de suspensión sin que se hubieren adoptado los correctivos ordenados por la Superintendencia de Industria y Comercio.
4. Cierre inmediato y definitivo de la operación que involucre el Tratamiento de datos sensibles.
Es importante tener en cuenta que el artículo 23 de la Ley 1581 de 2012 indica que la Superintendencia de Industria y Comercio podrá imponer a los Responsables del Tratamiento y Encargados del Tratamiento estas sanciones.
Estás a tiempo. Todavía puedes organizar tus bases de datos, gestionarlas y culminar con éxito este requerimiento.
Directora de Contenidos de Triario. Comunicadora social y periodista de la UPB. Con un postgrado en Planificación Estratégica de la Comunicación Digital de la Universitat Autònoma de Barcelona. Apasionada por el cine y el mundo escrito, también es crítica de cine en la revista Kinetoscopio.
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